viernes, 2 de diciembre de 2016

Normas de inspección y vigilancia del nivel preescolar

Conferencia sobre Supervisión Escolar 2/4. (2016). YouTube. Retrieved 4 December 2016, from https://www.youtube.com/watch?v=E_WMyxrkdTQ&t=617s

Caso de Aguas Calientes en México relatado por: Margarita Zorrilla Fierro, nos muestra una visión de la actuación en la supervisión del nivel prescolar.

Supervisión  PREESCOLAR

Ejecutado por agentes que forman parte de la escuela o del entorno.

(2016). Content1.ineverycrea.net. Retrieved 4 December 2016, from http://content1.ineverycrea.net/imagenes/Usuarios/ImagenesCKEditor/ee18dd6f-20be-4d9e-af53-6149fc1c7576/43bbaaff-77ff-4f6e-8319-157b20a932c0.png



PERMITE: Evaluar, interpretar, monitorear, tomar decisiones con el fin de mejorar  la calidad en la educación.

Se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones.


Artículo 1°.

La educación preescolar hace parte del servicio público educativo formal y está regulada por la ley 115 de 1994 y sus normas reglamentarias, especialmente por el decreto 1860 de 1994.


Artículo 2°.


La prestación de servicio público educativo del nivel preescolar se ofrecerá a los educandos de tres a cinco años y comprenderá tres grados de la siguiente manera:


(2016). 4.bp.blogspot.com. Retrieved 4 December 2016, from https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEijnJvA56bvc0aZKLdJ6bNwj2Pw8kovP2EvHeuszPxeTTfYyYcNwZfAtBQbm778AWe3CT8oR-oFaTDexTaxBlqHiKhBb5sZaATv-nNrfm3JmGdE_-_pGRpX-Zn8eD1rky4ctIRfGP7YIFY/s1600/grupo-ninos-pequeno-de-estudiantes-estudiando-contabilidad.jpg



Pre-jardín, dirigido a los educando de tres años de edad.
Jardín, dirigido a educandos de cuatro años de edad.
Transición, dirigido a los educandos  de cinco años de edad y que corresponde al grado obligatorio constitucional.


PARAGRAFO: La denominación cero que viene siendo utilizada en documentos técnicos oficiales, es equivalente a la de grado de Transición, a que se refiere el artículo.


Artículo 3°

Para garantizar el tránsito y continuidad de los educandos del nivel preescolar los establecimientos que ofrezcan únicamente este nivel, promoverán con otras instituciones educativas, el acceso de sus alumnos, a la educación básica.
Las instituciones que ofrezcan educación básica deberán facilitar condiciones administrativas y pedagógicas para garantizar esta continuidad y la articulación entre estos dos niveles educativos.
  

Artículo 4°

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Los establecimientos educativos que presten el servicio de educación preescolar y que atiendan, además, niños menores de tres (3) años, deberán hacerlo conforme a su proyecto educativo institucional, considerando los requerimientos de salud, nutrición y protección de los niños, de tal manera que se les garantice las mejores condiciones para su desarrollo integral, de acuerdo con la legislación vigente y las directrices de los organismos competentes.


Artículo 5°

Las instituciones que ofrezcan el nivel de educación preescolar incorporarán en su respectivo proyecto educativo institucional, lo concerniente a la determinación de horarios y jornada escolar de los educandos, número de alumnos por curso y calendario académico, atendiendo a las características y necesidades de los mismos y a las directrices que establezca la secretaría de educación departamental o distrital de la correspondiente jurisdicción.  


PARAGRAFO 1o. Los establecimientos de educación preescolar deberán garantizar la representación de la comunidad educativa, en la dirección de la institución, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política y la ley.

(2016). 2.bp.blogspot.com. Retrieved 4 December 2016, from http://2.bp.blogspot.com/-d_TdmWo-wJQ/T9W31KGWbyI/AAAAAAAAGvA/HU

PARAGRAFO 2o. En la determinación del número de educandos por curso, deberá garantizarse la atención personalizada de los mismos


Artículo 7°


En ningún caso los establecimientos educativos que presten el servicio público de preescolar, podrán establecer como prerrequisito para el ingreso de un educando al Grado de Transición, que éste hubiere cursado previamente, los grados de Pre-jardín y Jardín. 

(2016). 3.bp.blogspot.com. Retrieved 4 December 2016, from https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi4O27Q-oMzR2x5pB851ZWV2zNQZUBni-Q_7wyyvl8qdOS2lVEsge18tazsm-UZzwixSvnRDZ5cSdypjHAjSTCDql19617Kc4_mA_740wD0hNgM0LvtXjAdIIDaioY1F2BkDwq5v9T5fg-D/s1600/10192161-ilustracion-de-ninos-disfrazados-de-frutas-y-verduras.jpg

                                Artículo 8°

El ingreso a cualquiera de los grados de la educación preescolar no estará sujeto a ningún tipo de prueba de admisión o examen psicológico o de conocimientos, o a consideraciones de raza, sexo, religión, condición física o mental. El manual de convivencia establecerá los mecanismos de asignación de cupos, ajustándose estrictamente a lo dispuesto en este artículo. 

(2016). Chiquitajos.com. Retrieved 4 December 2016, from http://www.chiquitajos.com/wp-content/gallery/imagenes-vuelta-al-cole-2013/vuelta-a-la-clase.jpg

                                        Artículo 10°

En el nivel de educación preescolar no se reprueban grados ni actividades. Los educandos avanzaran en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales

                                            Artículo 14°

(2016). 2.bp.blogspot.com. Retrieved 4 December 2016, from http://2.bp.blogspot.com/-d_TdmWo-wJQ/T9W31KGWbyI/AAAAAAAAGvA/HU

La evaluación en el nivel preescolar es un proceso integral, sistemático, permanente, participativo y cualitativo que tiene, entre otros propósitos: 
a) Conocer el estado del desarrollo integral del educando y de sus avances;
b) Estimular el afianzamiento de valores, actitudes, aptitudes y hábitos; 

c) Generar en el maestro, en los padres de familia y en el educando, espacios de reflexión que les permitan reorientar sus procesos pedagógicos y tomar las medidas necesarias para superar las circunstancias que interfieran en el aprendizaje.  

Fuentes:

Ferreiro, L. (2009). Las prácticas de las supervisoras del nivel preescolar después de la obligatoriedad: continuidades, contingencias, tensiones y significados. In X Congreso Nacional de investigación educativa: Área 14: práctica educativa en espacios escolares.

       Conferencia sobre Supervisión Escolar 2/4. (2016). YouTube. Retrieved 4 December 2016, from               https://www.youtube.com/watch?v=E_WMyxrkdTQ&t=617s

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